# ¿Qué tengo que declarar?

Primero debemos saber si los movimientos que realizamos durante el año calendario, en tributación conocido como año fiscal (desde el 1 de enero al 31 de diciembre), son susceptibles de ser declarados, para esto, debes considerar dos conceptos clave, el de **enajenación** y el de **mayor valor**.

La **enajenación** de criptomonedas se refiere a la transmisión de un bien o derecho a otra persona, como es la compra/venta, aunque no es la única, también está la permuta, la donación, regalos, subastas, entre otros. Si bien no existe una definición específica, se atiene al derecho común catalogandola como:

> *“... es el acto de disposición en virtud del cual un bien pasa a formar parte de un patrimonio diverso...”* [*Ver más acá*](https://www.sii.cl/normativa_legislacion/jurisprudencia_administrativa/ley_impuesto_renta/2016/ja1385.htm#:~:text=En%20base%20a%20lo%20anterior,transmisi%C3%B3n%20\(acto%20por%20causa%20de)*.*

El **mayor valor** se refiere a la diferencia entre lo que te costó adquirir la criptomoneda y el beneficio que obtuviste al venderla. Detalles de esto y como hacer el cálculo los veremos más adelante.

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Debes recordar que no se declara cuando retiras el dinero obtenido por tus criptomonedas a tu cuenta bancaria, sino que, se debe calcular la utilidad que genera cada movimiento en el momento en que se produce.
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Veamos en general en qué casos puede que **debas declarar, y por ende, pagar impuestos** (no es una lista exhaustiva)**:**

<table><thead><tr><th width="247">Cuando</th><th>¿Debes declarar?</th></tr></thead><tbody><tr><td>Enajenas criptomonedas por dinero en moneda local</td><td>Sí, si tuviste utilidad (mayor valor) en la venta, y si no te encuentras exento de pagar impuesto a la renta.</td></tr><tr><td>Pagas bienes y servicios con criptomonedas</td><td>Sí, ya que esta acción es considerada una permuta, que al igual que una venta tiene impacto tributario ya que es otro tipo de enajenación. En este caso a ambas partes se les considera vendedores.</td></tr><tr><td>Compras una criptomoneda con otra criptomoneda</td><td>Sí, ya que esta acción se considera como una permuta.</td></tr><tr><td>Recibes criptomonedas minadas</td><td>Sí, deberás primeramente declararlas bajo Impuesto de Primera Categoría para luego afectar los resultados de la venta de estas criptomonedas por el Impuesto Global Complementario.</td></tr><tr><td>Te pagan en criptomonedas</td><td>Sí, al momento de enajenar. El pago en cripto sería un pago en especie, el cual también puede ser considerado para efectos de determinar la renta líquida gravable.</td></tr></tbody></table>

En general, las criptomonedas están a afectas con impuestos finales, siendo este el[Impuesto Global Complementario (IGC)](/chile/impuestos-cripto/que-tengo-que-declarar/impuesto-global-complementario-igc.md), pero también hay casos como el de la [Minería](/chile/tipos-de-transacciones/mineria.md), en que estas transacciones se afectan primeramente con [Impuesto de Primera Categoría (IDPC)](/chile/impuestos-cripto/que-tengo-que-declarar/impuesto-de-primera-categoria-idpc.md) para luego hacerlo bajo impuestos finales como el Impuesto Global Complementario o el Impuesto Adicional.

Ahora, ¿en qué casos se **está o no sujeto a pagar impuestos?**

<table><thead><tr><th width="270">Cuando</th><th>¿Debes declarar?</th></tr></thead><tbody><tr><td>Compras criptomonedas y las retienes (HODL)</td><td>No, ya que no se ha ejecutado una venta de la criptomoneda, por lo que aún no tienes un mayor valor o has realizado una enajenación.</td></tr><tr><td>Donas criptomonedas a una ONG o sin fines de lucro</td><td>Dependerá de si se verifican los requisitos de la entidad beneficiaria para efectos de los beneficios tributarios a las donaciones o no.</td></tr><tr><td>Transfieres criptomonedas de una wallet o billetera a otra, ambas de tu propiedad</td><td>No, ya que no ha cambiado la propiedad de las criptomonedas, solamente te las "cambiaste de bolsillo". (La comisión si sería una enajenación)</td></tr><tr><td>Recibes criptomonedas como regalo</td><td>Aplica la ley de donaciones.</td></tr><tr><td>Regalas criptomonedas</td><td>Aplica la ley de donaciones.</td></tr></tbody></table>

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**Mucho muy importante es que...**

Debes tener en cuenta que los sitios de intercambio de criptomonedas más conocidos como Exchanges, **están obligados** a enviar mediante la Declaración Jurada 1891, **el detalle de tus compras y ventas realizadas en cada uno de ellos**.

Sin embargo, **esto no quiere decir que ellos declaren las ganancias por ti** ante el Servicio de Impuestos Internos, y aunque quisieran no podrían ya que cada exchange posee solamente la información en ellos contenida, por lo que si hiciste movimientos en otros exchanges ellos no tienen como saberlo, en especial si realizaste movimientos en sitios fuera de Chile.
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