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# Oficio Ord. Nº1371 del 16 de mayo de 2019

{% hint style="info" %}
Recalca que la compra y venta de criptomonedas no está afecta a IVA, pero si la comisión por la intermediación de ellas, como lo que cobran los exchanges.

También, que la empresa debe cumplir sus obligaciones tributarias como tal.
{% endhint %}

Consulta básicamente por la **operación de un Exchange**, en esto el SII responde

* La compra y venta de activos digitales no está afecta a IVA.
* En cambio, la intermediación de ellas y en este caso la comisión, si está afecta a IVA.
* Que debe cumplir con las obligaciones tributarias de contribuyentes de Primera Categoría (inicio de actividades, base imponible de acuerdo a renta efectiva y contabilidad completa, llevar los registros del 14 de la LIR, DJ’s como la 1891 y Renta.

Puedes ver el documento original [aquí](https://static.ledgifi.com/docs/chile/2019-05-16%20Sii%20-%20Oficio%20Ordinario%20-%201371.pdf).
