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  1. Impuestos cripto

¿Porqué debería declarar?

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Last updated 3 months ago

Muchas personas piensan y creen que al ser las criptomonedas descentralizadas, el mayor valor que puedan generar por sus transacciones no genera hecho tributario alguno, o que no deben ser declarados. Esto es erroneo, ya que todo movimiento en tu patrimonio debe ser declarado, más aún si representó un aumento de este.

En Chile, las consecuencias por no pagar impuestos pueden ser variadas dependiendo de la gravedad de la falta y de las leyes específicas que se hayan violado. Algunas de las posibles consecuencias incluyen:

  • Multas: El Servicio de Impuestos Internos (SII) puede imponer multas a las personas que no cumplen con sus obligaciones fiscales. Estas multas pueden ser significativas y se calculan en base a la gravedad de la falta y a la cantidad de impuestos no pagados.

  • Intereses moratorios: Si una persona no paga sus impuestos a tiempo, el SII puede imponer intereses moratorios sobre la deuda. Estos intereses son altos y pueden aumentar significativamente la deuda total.

  • Embargos: Si una persona no paga sus impuestos, el SII puede embargar sus bienes para recaudar el dinero adeudado. Esto puede incluir la venta de propiedades, automóviles y otros bienes.

  • Acciones legales: En casos graves, el SII puede tomar acciones legales contra las personas que no cumplen con sus obligaciones fiscales. Esto puede incluir procesos penales o civiles, y puede llevar a sanciones como multas o cárcel.

Te recomedamos cumplir con tus obligaciones y no llegar a esto, si necesitas, siempre puedes consultar con un contador o abogado especializado en el tema para asegurarte de cumplir con tus obligaciones fiscales.

Habiendo dicho todo esto, es necesario entender que debes declarar cualquier ganancia o ingreso que tengas sobre criptomonedas. Las sanciones por la evasión de impuestos pueden llegar a ser elevadas y potencialmente también, tiempo en prisión 🚨

Puedes revisar más sobre estas sanciones en el del Código Tributario.

👮
Art. 59 bis