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  1. Impuestos cripto

¿impuestos por usar criptomonedas?

PreviousDisclaimerNext¿Porqué debería declarar?

Last updated 3 months ago

Las criptomonedas toman cada año mayor fuerza, incluso duplicando la cantidad de usuarios cada año en el último tiempo, esto ha hecho que los gobiernos se interesen en el fenómeno cripto y busquen regularlo, y básicamente regulación = impuestos.

Para esto, los distintos organismos de recaudación fiscal de cada país son los encargados de definir cómo tratan las criptomonedas tanto en su naturaleza contable como tributaria, y es fundamental saber este criterio y cómo lo debemos aplicar para poder declarar.

En España, la encargada de esto es la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), y junto con todas las leyes aplicables a la tributación, establece como deben declararse las ganancias patrimoniales.

La AEAT aún no ha establecido una directriz específica para la tributación de las criptomonedas, sin embargo, en su generalidad establece que las criptomonedas son consideradas un activo (bien inmaterial) desde el punto de vista fiscal y, por ende, sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y según su naturaleza, irán a la Renta General y/o Renta del Ahorro. Todo esto en cuanto al aumento de tu patrimonio.

El (Ley 35/2006, de 28 de noviembre) establece que el hecho imponible es la obtención de renta por el contribuyente, por lo que a partir de esto es que en general debes pagar impuestos por tus ganancias en criptomonedas.

Por otro lado, deberás declarar tu patrimonio valorado al 31 de diciembre de cada año.

Fuera de esto, debes tener en cuenta que tus obligaciones tributarias dependen de muchas variables, como los son: tu ingreso tributable total recibido durante el año, si eres una Persona física o jurídica (empresa o sociedad), entre otras condiciones específicas.

En puedes encontrar más información sobre cómo están consideradas las criptomonedas.

💰
Art.6 de la Ley de IRPF
este apartado de la AEAT