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Formulario 210

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Last updated 3 months ago

¿Quiénes deben declarar?

Cada año la DIAN establece unos topes y montos que determinan quiénes deben declarar renta cada año. Para este 2025 son quienes registren:

  • Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2024 sea igual o superior a 4.500 UVT = $211.792.500.

  • Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a 1.400 UVT = $65.891.000.

  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a 1.400 UVT = $65.891.000.

  • Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a 1.400 UVT = $65.891.000.

  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a 1400 UVT = $65.891.000.

¿Dónde lo declaro?

La declaración correspondiente a tus rentas en base a tus criptomonedas debes realizarla en el , puedes encontrar la versión de 2024 junto a otros formularios . Sin embargo, no es necesario que lo hagas directamente en una hoja, puedes realizar esta declaración en la página de la DIAN.

¿Cómo lo declaro?

Pudes seguir esta guía de la DIAN de cómo llegar a tu declaración para hacer este proceso:

Renta Liquida

Las ganancias que hayas obtenido por criptomonedas, las cuales hayas adquirido hace menos de 2 años, deberás declararlas en tus Rentas No Laborales, en específico en el apartado 74 de Ingresos Brutos.

Ganancia Ocasional

En cambio, las ganancias que hayas obtenido por criptomonedas, las cuales hayas adquirido hace más de 2 años, deberás declararlas como Ganancia Ocasional, en específico en el apartado 111 de Ingresos por ganancias ocasional del país y del exterior.

¿Cuánto debo pagar?

Impuesto de renta

Desde (UVT)
Hasta (UVT)
Tarifa marginal
Impuesto

0

1.090

0%

0

>1.090

1.700

19%

(Base gravable en Uvt menos 1.090) x 19%

>1.700

4.100

28%

(Base gravable en Uvt menos 1.700) x 28% + 116 Uvt

>4.100

8.670

33%

(Base gravable en Uvt menos 4.100) x 33% + 788 Uvt

>8.670

18.970

35%

(Base gravable en Uvt menos 8.670) x 35% + 2.296 Uvt

>18.970

31.000

37%

(Base gravable en Uvt menos 18.970) x 37% + 5.901 Uvt

>31.000

En adelante

39%

(Base gravable en Uvt menos 31.000) x 39% + 10.352 Uvt

Ganancia Ocasional

Aquí deberás declarar en conjunto con tus demás rentas, lo que en LedgiFi te entregamos en la sección , donde seleccionaras el año que declararas (recuerda que el año que ves en LedgiFi es en el cual realizaste los movimientos y no el año en el que estas declarando).

La reforma tributaria incrementó de 10% a 15% el impuesto de ganancia ocasional para la venta de activos que se posean hace más de dos años. Este último es el factor que determina la obligatoriedad del pago del impuesto. Puedes ver más sobre esto en el y .

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Impuestos
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