# Regalo o Donación

<figure><img src="https://1241220923-files.gitbook.io/~/files/v0/b/gitbook-x-prod.appspot.com/o/spaces%2FNrSzQGaQkGq6Ebx2J7nl%2Fuploads%2FfIBPhRzh3cD3NzcRrTg6%2FRegalar%20cripto.jpg?alt=media&#x26;token=78845413-d730-4083-bd74-1c1222d74b0f" alt=""><figcaption></figcaption></figure>

Supongamos que quieres regalar para Navidad a tus padres una cantidad de Bitcoin para que se sumen a la vorágine 🥳 En este caso, tenemos dos puntos de vista, uno que es desde quien regala las criptomonedas y el otro de quienes la reciben, en este caso tus padres.

Los regalos en la legislación Colombiana son tratados según el [artículo 302 ](https://estatuto.co/302)de la DIAN:

> "*Se consideran ganancias ocasionales para los contribuyentes sometidos a este impuesto, **las provenientes de herencias, legados, donaciones**, o cualquier otro acto jurídico celebrado inter vivos a título gratuito, y lo percibido como porción conyugal."*

Al ser consideradas como ganancia ocasional, deberás tributar según lo que te explicamos en el [formulario-210](https://learn.ledgifi.com/colombia/impuestos-cripto/declarar-tus-criptos-a-la-dian/como-debo-hacerlo/formulario-210 "mention").
