😱¿Qué tengo que declarar?

Primero debemos saber si los movimientos que realizamos durante el año calendario (desde el 1 de enero al 31 de diciembre) son susceptibles de ser declarados, para esto, debes considerar dos conceptos clave, el de enajenación y el de mayor valor.

La enajenación de criptomonedas se refiere a la transmisión de un bien o derecho a otra persona, como es la compra/venta aunque no es la única, también está la permuta, la donación, regalos, subastas, entre otros.

El mayor valor se refiere a la diferencia entre lo que te costó adquirir la criptomoneda y el beneficio que obtuviste al venderla. Detalles de esto y como hacer el cálculo los veremos más adelante.

Aun así, debes recordar que no se declara cuando retiras el dinero obtenido por tus criptomonedas a tu cuenta bancaria, sino que, se debe calcular la utilidad que genera cada movimiento en el momento que se produce.

Adicionalmente, deberás declarar el Patrimonio según si cumples con alguno de los puntos que te explicamos más adelante.

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